Suicidio
Obviamente
no se podrá juzgar a quién se suicidó ya que la pena se extingue
con la muerte del actor, sin embargo el delito existen formas de
participación el este delito.
Auxilio
Es
donde el activo ayuda al pasivo a cometer suicidio sin ejercer poder
sobre su mente ni persuadirlo. Se
considera delito de segundo grado según la peligrosidad.
Inducción
Es
donde el activo persuade y/o ejerce poder sobre la mente del pasivo.
En
este caso se considera de primer grado, igualmente por la
peligrosidad.
Tipicidad
en el suicidio: Artículo
164.- A quien instigue o ayude a otro a suicidarse…
Antijuricidad
en el suicidio:
Será antijurídico si es contrario a la ley.
Culpabilidad:
Este
delito solo puede ser de manera dolosa.
No hay comentarios:
Publicar un comentario