miércoles, 20 de enero de 2016

Derecho Penal: Teoría general; parte 11. Culpabilidad


Formas de Culpabilidad
Existe dolo cuando una persona con intención y plena conciencia de sus actos realiza una conducta delictiva. El dolo se configura con la presencia de dos elementos, el volitivo o la voluntad y el ético.
El elemento ético se configura al momento de que se conoce la prohibición u obligación y aún así se comete el acto u omisión de que se trate.
El elemento volitivo se configura cuando existe la voluntad de acción u omisión a pesar conocer el elemento ético.
El dolo a su vez, se divide en dolo directo y dolo indirecto. Configurando el primero cuando el resultado es el que se buscaba, es decir se realiza el acto deseado. El segundo se configura cuando existe la consciencia de daños colaterales y sin embargo se continúa con la acción.
Existe un tercer tipo de dolo que es llamado indeterminado y se configura cuando una persona pretende realizar un acto delictivo sin un objetivo definido.
Culpa es la forma de comisión de un delito en donde no existe la intención de cometerlo y que, sin embargo, por imprudencia o falta de cuidado se comete. En esta categoría encuadran los delitos culposos o a título de culpa o imprudenciales.
Para que la conducta pueda considerarse delito culposo debe reunir ciertos requisitos: el primero es que debe ser una conducta típica, es decir, debe considerarse delito, la segunda es que no haya intención en la comisión de la misma y la tercera es que el resultado haya podido evitarse.
Existe igualmente una clasificación para la culpa, distinguiéndose la culpa consciente y la culpa inconsciente.
La culpa consciente o con representación (con previsión) consiste en que el hecho es previsto por el sujeto y confía en que no sucederá por presumirse hábil o confiando en el azar.
La culpa inconsciente o sin representación se configura cuando el activo no prevé las posibles consecuencias de sus actos.
Preterintención es la situación en donde las consecuencias son mayores de lo previsto. En este caso, el activo pretendió dañar (en el caso de daños) en cierto grado y el resultado fue un daño mayor al considerado.

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