viernes, 4 de mayo de 2018

La preparación de las violaciones procesales

La preparación de las violaciones procesales y sus excepciones

    A partir de la reforma constitucional de 2011, se establece que las violaciones al procedimiento se deben combatir durante la tramitación del juicio, so pena de que se declaren inoperantes por considerarse que fueron consentidas. Ahora, la regla general es, en todas las materias.
     
     Art 170 I 1º.- ... 171 2º.- El legislador contempla una serie de excepciones a la regla que exige agotar el recurso ordinario.

1er caso.- Afectación a derechos de menores, incapaces, del estado civil, orden y estabilidad de las personas en cuanto a la familia.

... No solamente se habla de recursos, se habla también de incidentes,  objeciones y medios a través de los cuales puede tener remedio ante la autoridad ordinaria antes de acudir al amparo. Esto porque se habla ahora de agotar recursos o medios de defensa ordinarios.

2º caso.- Ejidatarios, comuneros, nucleos de población ejidal o comunal, tampoco están obligados a agotar el recurso.

3º caso.- Materia laboral solamente en tratándose de trabajador. La regla general en laboral es que no existen recursos, sin embargo, en ejecución de laudo sí los hay y durante el juicio hay medios de defensa ordinarios de los cuales se puede plantear algún aspecto que no sea de imposible reparación, sobretodo con la nueva ley en donde el legislador incuyó un catálogo de los actos de imposible reparación, 107 V.

4º.- Personas que por sus condiciones de pobreza o marginación.

5º.- En los asuntos de naturaleza penal, el inculpado no tiene obligación de agotar el recurso ordinario; la parte ofendida sí.

171 2º.- Cuando se alegue en el amparo directo y se sostenga que la ley aplicada o que debió aplicarse es inconstitucional o inconvencional, no es obligatorio agotar el recurso ordinario.

Este tipo de preparación a las violaciones al procedimiento es exigible solamente a partir de las violaciones al procedimiento cometidas a partir del 03 de abril de 2013, por jurisprudencia de la corte.

El artículo 61 XII.- ... contra normas generales que requieran de un acto posterior al inicio de su vigencia. Esto es, que no procede contra normas heteroaplicativas si se reclaman antes de su primer acto de aplicación.

La preparación de las violaciones procesales y sus excepciones. Charlas de amparo. (25 de septiembre de 2014) Recuperado el 04 de mayo de 2018 de https://www.youtube.com/watch?v=ngq-nIRQBPM&list=PLjhruXYg0NRvTEctYYsvYyF0C1WKolGj1&index=17

Argos Cursa Improcedencia normas generales (un fragmento). Charlas de amparo. (25 de septiembre de 2014) Recuperado el 05 de mayo de 2018 de https://www.youtube.com/watch?v=t4mxg7-m8l4&list=PLjhruXYg0NRvTEctYYsvYyF0C1WKolGj1&index=18

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