martes, 29 de diciembre de 2015

Derecho Penal: Teoría general; parte 6. Tipos de conducta


Tipos de conducta delictiva
Para que exista un hecho delictivo es necesaria la presencia de una conducta que produzca el resultado y que exista un nexo causal entre la conducta y el resultado.
Acción, es cuando se realizan movimientos corporales voluntarios, con o sin ayuda de otros elementos ya sean animales, objetos, etc., que producen un resultado material. Resultado material se entiende que se presenta cuando se modifica el mundo exterior.
Omisión, se presenta cuando, por voluntad propia, se deja de hacer algo que la ley obliga a hacer sin que se produzcan efectos en el exterior, es decir sin resultados materiales.
Comisión por omisión, se observa cuando la omisión produce resultados materiales.
Resultado y nexo causal
El resultado es el daño que sufre el bien jurídico tutelado, a consecuencia de la acción o la omisión y se puede clasificar en instantáneo, continuado o continuo.
Instantáneo, es cuando el daño se produce en el momento de la comisión del delito. La mayoría de los delitos son instantáneos.
Continuo, se presenta cuando un mismo delito se comete por un lapso de tiempo prolongado; en ese caso el daño se produce durante el tiempo en que se comete el delito.
Continuado es cuando la comisión de varios delitos tiene un mismo objetivo, obteniéndose por tanto, varios resultados. Se presenta así una combinación de resultados instantáneos y permanentes.
Nexo causal es la relación que existe entre la conducta y el resultado. Significa que el resultado debe corresponderse con la acción.

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