miércoles, 28 de marzo de 2018

Amparo administrativo

Amparo administrativo

    El amparo administrativo, con motivo de su reforma constitucional, es modificado para beneficio del gobernado. En la constitución se establece que ahora en los amparos administrativos tendrás que agotar siempre el recurso ordinario, bajo las siguientes reglas:
    1. El recurso administrativo debe estar previsto en una Ley, noe en una norma general solamente, sino en una ley desde el punto de vista formal.

    2. No se deben exigir mayores requisitos en el recurso ordinario que aquellos que se te exigen para obtener la suspensión en el amparo.

       (Algunos magistrados han interpretado y señalan que solamente se exigen dos requisitos: a) que lo solicite el gobernado y b) que no se genere una afectación al interés público o al orden social.)

       No está previsto en forma expresa que haya dificultad en la reparación de daños y perjuicios. Por tal, algunos tribunales están prescindiendo de que se tenga que agotar un recurso ordinario. … los recursos ordinarios se homologaron con los requisitos de la Ley de Amparo y normalmente te indican que se solicite, que se causen daños de difícil reparación y a que no se afecte el interés público y el orden social. Si prescindimos de este requisito, se tiene una ventaja adicional en donde no se tiene que agotar un recurso ordinario aunque esté previsto en una ley.   

    3. Artículo 112 de la Ley de Amparo establece 24 horas para acordar la admisión, prevención o desechamiento de la demanda de amparo, en consecuencia, la suspensión provisional debe acordarse dentro de ese tiempo; entonces, si el recurso ordinario acuerda la suspensión en mayor tiempo, no se está obligado a agotar tal recurso.

Amparo administrativo. Charlas de amparo. (06 septiembre de 2014) Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=gMr1yfB4utQ&index=6&list=PLjhruXYg0NRvTEctYYsvYyF0C1WKolGj1 el 28 de marzo de 2018

Nota: Si la ley no prevee un plazo se debe atender al plazo genérico de tres días. Ahora bien, se deberá poner atención al contenido integro de la ley respectiva a fin de determinar si el plazo realmente es mayor que el señalado para la suspensión en el amparo... https://sjf.scjn.gob.mx/SJFSist/Paginas/DetalleGeneralScroll.aspx?id=25706&Clase=DetalleTesisEjecutorias

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