Como redactar un contrato de arrendamiento
Ya tienes tu casa, departamento y ¿porqué no? Un lote.
Ahora, como no tienes necesidad de habitarlo, crees que es buena idea
arrendarlo, decides que lo ofrecerás con tus conocidos y quizá
hasta hayas considerado la opción de publicarlo en redes sociales o
volantes impresos.
Todo está bien, la idea es buena, solamente no te olvides del
contrato escrito. Existen muchos rumores respecto a las propiedades y
muchos arrendadores de buena fe; los rumores son solo eso, rumores, y
los arrendadores de buena fe con frecuencia se ven inmersos en largos
y costosos juicios solamente por no formalizar su contrato de
arrendamiento.
Como ejemplo te puedo decir que no es cierto que alguien se encuentre
rentando sin contrato; siempre existe uno así sea verbal. Lo
complicado en los contratos verbales es que una parte dirá una cosa
y la otra diferirá en su dicho, además los trámites para
desalojarlo serán más complicados; así hayan sido los mejores
amigos, en el momento de querer lanzar al inquilino se olvida todo el
historial amistoso, es como los créditos con los bancos, cuando te
lo ofrecen lo hacen con una sonrisa, cuando te cobran lo hacen con
amenazas, ¿Sí? o ¿no?
Ya decidiste que, en definitiva, firmarás un contrato escrito con tu
inquilino y evitarte problemas, ¡todo resuelto! ¡Corre! Ve a la
papelería compra un contrato preestablecido y requisitalo; esto solo
para que te vallas informando y enterando del contenido básico de un
contrato de arrendamiento. En el mejor de los casos servirá para los
habitantes del antiguo Distrito Federal, ¿por qué? Porque de
entrada ahora es Ciudad de México, luego, no podemos aplicar una
legislación de otra entidad en Guanajuato, por ejemplo, podemos
apoyarnos en otra legislación, sin embargo, la aplicable y útil es
la de la entidad donde se encuentra el inmueble.
Esos contratos seguirán circulando por algún tiempo, ¿acaso crees
que las papelerías querrán perder?
Entonces ¿que hago?
Si insistes en realizarlo por tu cuenta, toma en base el de la
papelería, y piensa: ¿Qué puede suceder en un juicio? ¿Qué puede
suceder durante el periodo de arrendamiento?
¿Te sientes seguro? ¡Adelante! ¡Hazlo! ¿Qué debes tener en
cuenta en el contrato?
Generales, ¡no! ¡militares, no! Me refiero a que debes anotar los
generales de ambos, nombre, dirección, número de teléfono.
Manifestaciones acerca del inmueble, características generales y
especiales del mismo y el uso que permites que se le dé.
¿Cuándo comienza y cuando termina el contrato? ¿Cuánto pagará de
renta? ¿Cuándo? ¿Dónde? ¿Con dinero? ¿Con manzanas? ¿Qué
sucederá al terminar la vigencia del contrato? Y, ¿si se retrasa en
la renta? ¿Qué pasará?
Puedes acordar con tu arrendatario, desde el contrato, la forma de
proceder cuando necesite reparar fuguitas de agua en las llaves o
sanitario. Te recomiendo que nunca se hagan arreglos a cuenta de
renta, es mejor contar con un fondo para esos imprevistos. Entendamos
que si vas a recibir un ingreso, veas las complicaciones (cobrar la renta, pagar reparaciones, etc.) como un
trabajo. Tu arrendatario quiere que le instales un calentador solar
porque el que tienes instalado consume mucho gas ¿estás obligado
por la ley a instalarlo?
Ya terminó el contrato, vence el 31 de agosto de 2125, ¿cuándo
debe entregarte el inmueble? ¿Cuánto tiempo tiene para desocupar tu
casa? La ley ¿le concede derecho a habitarla determinado tiempo
gratis? Los contratos pueden prorrogarse hasta por un año
automáticamente si se descuida este punto. Usted contaba con que su
casa se desocuparía el 2125 y resulta que ahora deberá esperar
hasta 2126.
¿Que tal que omitió el pago de agua y ya debes $3000.00 dolares al
municipio por ese concepto? ¿A quien crees que le cobrará el
municipio al final?
¿Te gustan las mascotas? ¿Sí? ¡Que bien! ¡A mí no! ¿Puedes
entonces limitar el derecho a la posesión de mascotas en tu
inmueble? ¿Puede ésta limitante figurar en el contrato?
¿Qué pasa si tu arrendatario no cumple con algunas de las reglas
que le exigiste en el contrato? ¿Cuál será la pena impuesta?
Señor, señora, fíjese que me cambiaron de zona y debo dejar la
casa… ¿Cuáles serán las condiciones para la terminación
voluntaria del contrato?
Señor Juez yo le dije a Pánfilo que si me autorizaba y dijo que sí,
ahora ya no me quiere reconocer esa autorización… ¿De qué forma
se harán las notificaciones mutuamente?
Imagínate que llegas a demandar y tu exarrendatario ahora vive en
Tijuana, ¿Dónde lo demandarás? En tu lugar de residencia? O ¿en
Tijuana? ¿Qué juzgado será competente para el litigio? Deberás
igualmente establecerlo en tu contrato
El contrato, de preferencia, deberá estar escrito en palabras
simples y llanas, sin tecnicismos, de manera que sea fácil entender
su contenido para los contratantes.
¡Importante!
Nunca, !nunca¡ permitas que nadie, ni tu primo, se instale en tu
casa sin firmar el contrato, así se la prestes deberás hacer un
contrato, de comodato en este caso. El contrato puede comenzar su
vigencia dos, tres diez días después de que la persona se haya
instalado, no importa, eres de buen corazón y le permites que se
mude porque no tiene a donde más ir, lo que importa es que esté
firmado antes de que eso suceda.
Para terminar, considera acudir con tu abogado de confianza, el sabrá
la manera de redactar tu contrato de forma conveniente para ambas
partes ¿Es caro? ¡No! Si consideras los gastos futuros que podría
ocasionarte el no hacerlo; Gastos por el juicio en sí, peritos,
traslados, etc. nada te garantiza que no irás a juicio, sin embargo
si te preparas con tiempo como si fueras a ir te resultará mucho más
barato que si no lo haces.
La finalidad de este comentario es que se entienda que el
arrendamiento no es una cosa simple ni que se deba tomar a la ligera,
tu contrato es como un seguro, les protege a ti y a tu inquilino,
recuerda: es mejor tenerlo y no ocuparlo que necesitarlo y no
tenerlo.
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